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El pasado 6 de abril se publicó en el “Diario Oficial” la “LEY 21323. QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO CLASE MEDIA Y UN PRÉSTAMO SOLIDARIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS INGRESOS DE LA CLASE MEDIA”.
El mencionado cuerpo legal establece que con motivo de la propagación de la pandemia COVID-19, y para la protección de los ingresos de las personas que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley, se otorga un bono con cargo a recursos fiscales denominado "Bono Clase Media" y un mecanismo de financiamiento con cargo fiscal denominado "Préstamo Solidario".
El Bono Clase Media está dirigido a trabajadores y trabajadoras dependientes o independientes, de entre 18 y hasta 65 años, y empresarios o empresarias individuales, que cumplan los siguientes requisitos:
Que el promedio de sus ingresos formales entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020 sea igual o mayor al salario mínimo y menor o igual a
$2.000.000.
Que en este lapso de tiempo sus ingresos formales hayan experimentado una reducción de al menos un 20%.
Si tiene en su familia una persona con discapacidad, un mayor de 65 años o un niño, niña o adolescente (según el Registro Social de Hogares), adicionalmente podrá recibir un bono que va desde los $125.000 hasta los $250.000 como máximo. Por lo tanto, la suma total del Bono Clase Media podría llegar a los
$750.000.
Además, se incluye un bono de $100.000 para aquellos pensionados y pensionadas bajo la modalidad de rentas vitalicias, sistema antiguo de pensiones y modalidad de retiro programado, cuya pensión sea igual o inferior a $408.125 pesos.
¿Quién y cómo acreditar la disminución?
Quienes tengan sueldo mínimo ($326.500) y hasta $408.125: no deberán acreditar la caída de estos, ya que el pago se realizará de manera automática.
Aquellos sueldos superiores a $408.125 y hasta $2.000.000: deberán acreditar una disminución del 20% o más de sus ingresos (promedio entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020).
Respecto a sueldos entre $1.500.000 y $2.000.000 y que hayan experimentado una caída del 20% tendrán pagos decrecientes entre los $400.000 y los $100.000.
¿De cuánto es el bono?
El bono se pagará de la siguiente forma:
Para quienes tengan ingresos formales entre $408.125 y $1.500.000: $500.000.
Para quienes tengan ingresos formales entre $1.500.001 y $1.600.000: $400.000.
Para quienes tengan ingresos formales entre $1.600.001 y $1.700.000: $300.000.
Para quienes tengan ingresos formales entre $1.700.001 y $1.800.000: $200.000.
Para quienes tengan ingresos formales entre $1.800.001 y $2.000.000: $100.000.
Importante:
En el caso de quienes deban acreditar una disminución de ingresos, la verificación se hará con los datos del Servicio de Impuestos Internos y no con una declaración.
Por tanto, si alguna funcionaria o funcionario socio de ANFAVIAL ejerce trabajos fuera de la institución en forma regular, esto es, mediante la emisión de boletas de honorarios, factura de empresa o contrato de trabajo y este ha disminuido o cesado en un 20% o más, encontrándose dentro del tramo superior a $408.125, corresponde igualmente que se le otorgue el pago del bono.
Quienes tengan montos pendientes de restitución por haber obtenido indebidamente el aporte fiscal en el año 2020, no podrán acceder a este beneficio.
¿Dónde se hace el trámite?
Prontamente SII habilitará un link para este trámite o en https://www.reddeproteccion.cl MÁS INFORMACIÓN EN:
HTTPS://WWW.CHILEATIENDE.GOB.CL/FICHAS/91008-BONO-PARA-LA-CLASE- MEDIA-APORTE-FISCAL-2021
DIRECTORIO NACIONAL ANFAVIAL